La Confederación de la Alianza de los Estados del Sahel a la luz del Derecho de los Tratados
DOI:
https://doi.org/10.36151/reei.49.11Palabras clave:
Sahel Occidental, Confederación de la Alianza de los Estados del Sahel, cooperación regional, Convención de Viena, interpretación de Tratados, seguridad colectivaResumen
El 16 de septiembre de 2023 las juntas militares de Mali, Burkina Faso y Níger adoptaron la Carta de Liptako-Gourma, a través de la cual anunciaron la creación de la Alianza de los Estados del Sahel. El 6 de julio de 2024 firmaron el Tratado por el cual se crea la Confederación de la Alianza de los Estados del Sahel. Ambos textos, que ven la luz en un momento de ruptura de relaciones con Naciones Unidas, la Unión Europea y la CEDEAO, suponen la reconfiguración de la cooperación en el Sahel Occidental para la lucha contra el terrorismo y la delincuencia organizada. El objetivo del presente estudio es determinar la naturaleza jurídica de la Carta de Liptako-Gourma, a fin de dilucidar si se trata de un tratado fundacional de un actor internacional con personalidad jurídica, o si se trata de un acuerdo entre sujetos de Derecho internacional carente de efectos jurídicos que, un año después, ha culminado en la firma de un Tratado fundacional de una Confederación. Para ello, se interpretarán las disposiciones de los instrumentos normativos de esta nueva Alianza según lo dispuesto en los artículos 31 y 32 de la Convención de Viena.
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