La reforma de la traducción e interpretación oficial en Derecho Internacional Privado español

Autores/as

  • Ángeles Lara Aguado Profesora Titular de Derecho Internacional Privado de la Universidad de Granada.

DOI:

https://doi.org/10.36151/

Palabras clave:

Traducción oficial de documentos, traducción jurada, traducción certificada, traducción e interpretación jurídica, traducción judicial, intérpretes judiciales, Derecho internacional privado, Oficina de Interpretación de Lenguas

Resumen

 La Ley 29/2015, de 30 de julio, de cooperación jurídica internacional en materia civil ha modificado la Disposición Adicional décima sexta de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado. Esto ha provocado un cambio respecto a quiénes pueden realizar traducciones e interpretaciones oficiales en España. En este trabajo se delimita el concepto de traducción e interpretación oficial de otros afines, como la traducción-interpretación jurada, jurídica, judicial o certificada; se precisa quiénes pueden llevar a cabo traducciones-interpretaciones oficiales, cuándo se requiere traducción-interpretación oficial y hacia dónde se encaminan la traducción e interpretación.

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Publicado

2025-04-02

Número

Sección

Estudios

Cómo citar

La reforma de la traducción e interpretación oficial en Derecho Internacional Privado español. (2025). Revista Electrónica De Estudios Internacionales, 32. https://doi.org/10.36151/