La decisión “humanizadora” de la Sala de Cuestiones Preliminares de la Corte Penal Internacional sobre competencia y jurisdicción frente a algunos crímenes cometidos de forma transnacional: el caso de los Rohingya expulsados hacia Bangladesh
Palabras clave:
extraterritorialidad, deportación y traslado forzosos, corte penal internacional, personalidad jurídica de la CorteResumen
La decisión sobre competencia y jurisdicción de la Sala de Cuestiones Preliminares I de la Corte Penal Internacional, a pesar de su brevedad y ocuparse de aspectos en principio procedimentales, es notable por diversas razones relacionadas con interpretaciones que permitirán a la Corte ocuparse de una grave problemática humanitaria y social que no puede quedar en la impunidad. Al respecto, además de rescatar la participación autónoma de las víctimas e incluso mencionar que tienen derechos en el marco institucional de la Corte que deben ser garantizados por ésta, la decisión de la Sala distingue entre los crímenes de traslado y deportación forzosos, y además concluye que la Corte puede tener competencia incluso cuando únicamente parte de la conducta criminal pertinente se despliegue en el territorio de Estados parte, incluso sin haberse originado en ellos. Esta lógica permitirá reforzar la lucha contra la impunidad de conductas de índole transnacional, cerrando aún más los espacios de impunidad y vacíos gracias a la actuación de la Corte, cuya personalidad jurídica objetiva y efectos frente a terceros en algunos eventos también se defienden en la decisión.
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