Responsabilidad civil por accidentes de trabajo transfronterizos

Autores/as

  • Ángel Espiniella Menéndez Profesor Titular de Derecho Internacional Privado (Acreditado a Catedrático). Universidad de Oviedo. Miembro del Grupo de Investigación Consolidado de Derecho Europeo de la Universidad de Oviedo (EURODER-UNIOVI-.IDI/2018/000187)

Palabras clave:

Responsabilidad civil, Accidente de trabajo transfronterizo, Tipología, Intervención de terceros, Competencia judicial internacional, Ley aplicable

Resumen

La responsabilidad civil del empleador por accidente laboral internacional no ha sido objeto de una regulación expresa. Tras preguntarse por cuál podría ser el modelo vigente derivado de este silencio, se analiza su adaptación a la tipología de accidentes y a la intervención de terceros. Para ello, se presentan cinco epígrafes: I. El silencio de las normas de DIPr: 1. La necesidad de una regulación expresa. 2. Lógica laboral versus lógica de daños. II. En busca de un modelo de DIPr para los accidentes de trabajo internacionales: 1. Competencia judicial internacional: dos modelos insuficientes: A) Modelo basado en la calificación. B) Modelo basado en la jurisdicción. 2. Ley aplicable: un puzle de partes, daño y relación laboral: A) Ley de la residencia habitual común: la proximidad al empleador y al trabajador. B) La ley del accidente: la proximidad al hecho dañoso. C) La ley del contrato de trabajo: la ley más vinculada a la relación laboral. 3. Autonomía de la voluntad y accidentes laborales: una relación desenfocada: A) Los accidentes de trabajo en las cláusulas contractuales internacionales. B) Cláusulas de elección de ley. C) Cláusulas de elección de tribunales. III. DIPr y tipología de accidentes laborales internacionales: 1. Accidente tipo: siniestro en el lugar de prestación habitual del trabajo. 2. Supuestos especiales por razón de la movilidad del trabajador: A) Accidentes de trabajadores trasladados. B) Accidentes de trabajadores desplazados temporalmente. C) Accidentes de trabajadores transfronterizos. D) Accidentes de trabajadores internacionales de temporada. 3. Supuestos especiales por razón de la internacionalidad de la prestación: A) Accidentes laborales durante prestaciones transnacionales. B) Accidentes laborales durante prestaciones “nómadas”. C) Accidentes laborales en espacios internacionales. 4. Supuestos especiales por razón de la irregularidad de la relación: A) Accidentes internacionales de “falsos autónomos”. B) Accidentes de trabajadores extranjeros en situación irregular. IV. DIPr e intervención de terceros en los accidentes internacionales: 1. Pluralidad de empleadores y accidentes laborales internacionales: A) Accidentes laborales en caso de subcontratas internacionales. B) Accidentes laborales en caso de cesión internacional de trabajadores. C) Accidentes laborales en caso de sucesión internacional de empresas. D) Aspectos comunes. 2. El asegurador de la responsabilidad internacional del empleador: A) Acciones acumuladas contra el empleador y su aseguradora. B) Acción directa del trabajador contra la aseguradora. V. Conclusiones.

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Publicado

2024-09-30

Cómo citar

Espiniella Menéndez, Ángel. (2024). Responsabilidad civil por accidentes de trabajo transfronterizos. Revista Electrónica De Estudios Internacionales, (37). Recuperado a partir de https://reei.tirant.com/reei/article/view/3155

Número

Sección

Estudios