¿Citius, altius, fortius?: Derecho internacional de los derechos humanos y protección de deportistas transgénero e intersexuales

Autores/as

  • Carmen Pérez González Profesora Titular de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad Carlos III de Madrid

Palabras clave:

Derecho Internacional de los Derechos Humanos, igualdad y no discriminación, Principios de Yogyakarta, Lex sportiva, derechos de los atletas transgénero e intersexuales

Resumen

El objetivo de este trabajo es reflexionar sobre cómo pueden conciliarse dos objetivos previstos por el Derecho internacional: la prohibición de discriminación por razón de identidad de género, de un lado, y la integridad de las competiciones deportivas, de otro. Las ideas de dignidad y no discriminación, dos de los pilares sobre los que se construye el Derecho Internacional de los Derechos Humanos (DIDH), han guiado el avance, lento y tardío, de la protección de las personas en las que se centra el estudio: las personas transgénero o con desarrollo sexual diferenciado. El Derecho internacional, por otra parte, parece haber asumido que la necesaria protección de la integridad de las competiciones deportivas justifica la limitación de derechos fundamentales. En este contexto, parece oportuno analizar si la participación de estos/as atletas en competiciones deportivas puede limitarse sobre la base del DIDH y, en su caso, el alcance de dicha limitación.

Publicado

2024-02-22

Cómo citar

Pérez González, C. (2024). ¿Citius, altius, fortius?: Derecho internacional de los derechos humanos y protección de deportistas transgénero e intersexuales. Revista Electrónica De Estudios Internacionales, (42). Recuperado a partir de https://reei.tirant.com/reei/article/view/2473

Número

Sección

Estudios