¿Citius, altius, fortius?: Derecho internacional de los derechos humanos y protección de deportistas transgénero e intersexuales
Palabras clave:
Derecho Internacional de los Derechos Humanos, igualdad y no discriminación, Principios de Yogyakarta, Lex sportiva, derechos de los atletas transgénero e intersexualesResumen
El objetivo de este trabajo es reflexionar sobre cómo pueden conciliarse dos objetivos previstos por el Derecho internacional: la prohibición de discriminación por razón de identidad de género, de un lado, y la integridad de las competiciones deportivas, de otro. Las ideas de dignidad y no discriminación, dos de los pilares sobre los que se construye el Derecho Internacional de los Derechos Humanos (DIDH), han guiado el avance, lento y tardío, de la protección de las personas en las que se centra el estudio: las personas transgénero o con desarrollo sexual diferenciado. El Derecho internacional, por otra parte, parece haber asumido que la necesaria protección de la integridad de las competiciones deportivas justifica la limitación de derechos fundamentales. En este contexto, parece oportuno analizar si la participación de estos/as atletas en competiciones deportivas puede limitarse sobre la base del DIDH y, en su caso, el alcance de dicha limitación.
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Derechos de autor 2024 Revista Electrónica de Estudios Internacionales
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