Comentario a la Decisión de la Sala de Cuestiones Preliminares I de fecha 5 de febrero de 2021: la transferencia soberana de la jurisdicción prescriptiva como fundamento de la legitimación del sistema punitivo internacional
Palabras clave:
Estado, soberanía, jurisdicción, Corte Penal Internacional, Acuerdos de Oslo, territorio ocupadoResumen
Viene siendo observado que los magistrados de la Corte Penal Internacional, en aplicación de las normas del Tratado de Roma, realizan una interpretación extensiva de su competencia jurisdiccional. Entre sus resoluciones, la Decisión dictada por la Sala de Cuestiones Preliminares I de 5 de febrero de 2021 no es una excepción a esta tendencia. En esta Resolución, por la que autoriza a la Fiscalía a la investigación de los responsables por la comisión de crímenes internacionales acontecidos en el contexto del conflicto palestino-israelí, fundamenta su decisión en una interpretación autónoma de las normas establecidas en el Estatuto de la Corte y en las Reglas de Procedimiento y Prueba, sobre la consideración de que Palestina es Estado Parte a los fines del Tratado de Roma. Dada la relevancia de sus fundamentos, el presente trabajo analiza el contenido de dicha Decisión, así como las posiciones jurídicas que mantuvieron los jueces que formaban parte de la Sala al ser el ejercicio de la jurisdicción elemento esencial del sistema punitivo establecido, y desde una perspectiva normativa de la jurisdicción penal internacional, que sólo puede tener coherencia atendiendo a las normas generales del Derecho internacional.
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