La guerra en Ucrania: ¿qué (des)orden antecede a qué nuevo (des)orden?
Palabras clave:
Ucrania, agresión, legítima defensa, orden internacional, Naciones Unidas, multilateralismoResumen
La invasión de Ucrania por la Federación de Rusia supone una violación de extrema gravedad de nor-mas fundamentales del Derecho Internacional: una agresión. Ninguna de las justificaciones invocadas por Rusia –la legítima defensa individual o colectiva, acompañada del pretexto de la protección de na-cionales o de una intervención humanitaria– es admisible a la luz del Derecho Internacional. Pero en el contexto de la renovada reflexión sobre el orden y el desorden internacionales, debe constatarse que violaciones graves de la Carta de Naciones Unidas en materia de paz y seguridad internacionales lleva-das a cabo directamente o con el patrocinio de alguno o algunos de los miembros permanentes del Con-sejo de Seguridad se han repetido en diversas ocasiones, tras el final de la Guerra Fría. De ahí que, te-niendo en cuenta la práctica internacional, tal vez sea ilusoria la aspiración a que tras el final de esta guerra se vuelva al orden internacional acorde a la letra, e incluso al espíritu, de la Carta: la Organización ha cambiado de naturaleza y (muchos de) sus Estados miembros han cambiado su concepción acerca del compromiso, las responsabilidades y las obligaciones que el multilateralismo trae consigo.
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