La dignidad humana según los instrumentos internacionales sobre derechos humanos
DOI:
https://doi.org/10.36151/Palabras clave:
dignidad humana, personalidad jurídica, derechos humanos, instrumentos internacionales sobre derechos humanos, comunidad mundialResumen
Según los instrumentos internacionales sobre derechos humanos, la dignidad de la persona humana es el fundamento de los derechos humanos, y tanto la dignidad humana como los derechos humanos son inherentes al ser humano, universales e inviolables. Este entendimiento de la dignidad humana no es una perogrullada estéril sino el sólido cimiento sobre el que edificar una comunidad mundial sometida al nuevo ius gentium: el Derecho Internacional para la Humanidad. Además, es la clave para responder a muchas cuestiones planteadas por el nuevo mundo de la globalización y del aumento exponencial de las normas internacionales. En consecuencia, se necesita una doctrina común sobre la noción de dignidad humana que haga posible el cumplimiento y aplicación judicial de los mencionados instrumentos, al servicio de la persona humana y conforme a la conciencia jurídica que reflejan. Conceptos de Filosofía del Derecho que se remontan hasta Aristóteles proporcionan esa noción. Según esos conceptos, la naturaleza exigente de la “dignidad humana” sostiene la noción de “personalidad jurídica”, y ambas nociones pertenecen al campo del Derecho y no de la Moral y de los Valores. Por tanto, la dignidad humana y los derechos humanos son y deben ser, respectivamente, un principio básico y parte necesaria de cualquier sistema jurídico, incluido el derecho internacional.
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