Nuevas pautas del TJUE para la identificación del lugar de entrega de las mercancías en las compraventas internacionales a distancia

Autores/as

  • Nerea Magallón Elósegui Investigadora Programa Juan de la Cierva en la Universidad de Santiago de Compostela

DOI:

https://doi.org/10.36151/

Palabras clave:

Artículo 5.1.b), Reglamento de Bruselas 44/2001, contratos internacionales de compraventa a distancia, lugar de entrega de las mercancías, Incoterms

Resumen

El Tribunal de Justicia de la Unión se ha visto obligado a despejar dudas sobre cómo interpretar el artículo 5.1 b) del Reglamento de Bruselas 44/2001 referido al foro del lugar de entrega de las mercancías. En las últimas decisiones adoptadas en los Asuntos C-381/98, Car Trim y C-87/10 Electrosteel establece nuevas pautas a seguir por los tribunales nacionales para localizar el lugar de entrega de las mercancías en los contratos internacionales de compraventa a distancia. En conjunto, ambas decisiones representan un giro en su jurisprudencia anterior hacia una línea interpretativa de la norma europea que se aleja del recurso a la lex contractus. El TJUE construye una definición autónoma en la que, por primera vez, las cláusulas contractuales referidas al uso de Incoterms van a tener un valor determinante.

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Publicado

2025-04-11

Número

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Cómo citar

Nuevas pautas del TJUE para la identificación del lugar de entrega de las mercancías en las compraventas internacionales a distancia. (2025). Revista Electrónica De Estudios Internacionales, 23. https://doi.org/10.36151/