Distribución y venta en España de productos fabricados en el extranjero. Cuestiones de Derecho Internacional Privado
DOI:
https://doi.org/10.36151/Palabras clave:
mercado de fabricación, mercado de venta, consumidor en la UE, responsabilidad contractual y extracontractualResumen
La distribución y comercialización en el mercado único europeo de un producto fabricado en un tercer Estado exige el ajuste del producto en cuestión a las normas de Derecho público y a las normas de Derecho privado del Derecho de la UE. Desde el punto de vista de Derecho público, el marcado CE opera como elemento necesario para poder comercializar, en óptimas condiciones de salud y de seguridad, determinados productos en el mercado único de la UE. Desde una perspectiva internacional privatista, las normas europeas aplicables a la posición jurídica del adquirente de un producto – fabricado en un Estado miembro de la UE o en un tercer Estado – que se distribuye y comercializa en el mercado único de la UE, le proporcionan un trato jurídico diferenciado en función de si dicho sujeto ostenta la cualidad de consumidor "activo" o "pasivo".
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