El estándar jurídico internacional sobre la interrupción voluntaria del embarazo: Reflexiones en perspectiva de derechos humanos
DOI:
https://doi.org/10.36151/Palabras clave:
Aborto, Derechos humanos, Tribunal Europeo de Derechos Humanos, Corte Interamericana de Derechos Humanos, Derecho internacionalResumen
La fracasada reforma de la ley del aborto en España constituye una buena ocasión para analizar cuáles son los estándares en esta materia desde la perspectiva del Derecho Internacional de los Derechos Humanos. El artículo examina el contenido de los textos jurídicos internacionales relativos a la protección de los derechos humanos, tanto a escala universal como regional, respecto de la interrupción voluntaria del embarazo. Y se adentra también en la interpretación que de esos textos normativos han hecho sus órganos de vigilancia, en especial el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. De esta jurisprudencia puede deducirse que la mujer es titular de una serie de derechos reproductivos, que hallan su fundamento en derechos y libertades civiles (vida privada; libertad individual; información) y sociales (salud; bienestar). En el marco de esos derechos, la interrupción voluntaria del embarazo es una intervención que, sin ser en absoluto deseable, forma parte de las opciones reproductivas que tiene la mujer embarazada, aunque con algunos límites. Límites que derivan de la potencialidad para la vida del embrión o feto, pero no de un supuesto “derecho a la vida”, que ningún tribunal internacional ha reconocido al nasciturus.
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