Los acuerdos atributivos de jurisdicción en el ámbito de los smart contracts y la tecnología blockchain
Palabras clave:
Acuerdos de jurisdicción, smart contracts, Blockchain, Reglamento 1215/2012Resumen
En el presente trabajo se analizan los requisitos formales y materiales de los acuerdos atributivos de jurisdicción realizados en el ámbito de los smart contracts y la tecnología de los registros distribuidos. En concreto, el estudio se centra especialmente en los aspectos formales de este tipo de acuerdos, detallando bajo qué circunstancias resultará válido un pacto de sumisión expresa entre sujetos que utilizan la tecnología del smart contract para autoejecutar una o varias cláusulas contractuales. También se explican los distintos formatos en los que pueden aparecer este tipo de acuerdos, atendiendo a las novedosas plataformas y aplicaciones informáticas aparecidas durante estos últimos años. Las construcciones teóricas van acompañadas de ejemplos, gráficos y esquemas que tienen como finalidad ilustrar, en la medida de lo posible, la vertiente práctica de los smart contracts y los acuerdos atributivos de jurisdicción. En cuanto a la sistemática del trabajo, sin perjuicio de los apartados introductorios y la conclusión, este se divide en varios epígrafes atendiendo a los distintos tipos de smart contracts según la forma que estos adoptan (o, mejor dicho, según la forma que adopta el contrato subyacente que suele acompañar al smart contract), lo que ha permitido realizar un estudio más riguroso de los aspectos formales de los acuerdos de jurisdicción en este ámbito. Finalmente, el estudio se centra especialmente en el Reglamento núm. 1215/2015 (Bruselas I bis) debido a su preeminente aplicación en el Derecho internacional privado español.
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